Aprendizaje NO PRESENCIAL en la Formación Profesional para el Empleo
Formación Profesional para el Empleo en el estado de alarma
El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que establece, entre otras, lo siguiente:
Artículo 9. Medidas de contención en el ámbito educativo y de la formación
- Se suspende la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza contemplados en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incluida la enseñanza universitaria, así como cualesquiera otras actividades educativas o de formación impartidas en otros centros públicos o privados.
- Durante el período de suspensión se mantendrán las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y «online», siempre que resulte posible.
Aunque los servicios públicos de empleo, inicialmente suspendieron todas las actividades formativas presenciales sin dar opción a un desrrollo «a distancia» y mediado por la tecnología, unos días después y de forma gradual en los distintos territorios del país, han ido abriendo la posibilidad de llevar a cabo la docencia «trasladándola a formatos no presenciales». A continuación se describen criterios a tener en cuenta y por dónde podrían ir las posibilidades para llevarlo a cabo.
Alternativas para la implementación «no presencial»
Para la implementación pedagógica y tecnológica de las medidas que se decida adoptar, todo ello sin olvidar que se trata de medidas temporales y excepcionales, los criterios de selección deberán basarse más en su facilidad de implantación que en su idoneidad tecnopedagógica. Para ello deberían tomarse en cuenta los siguientes aspectos:
- Metodología de impartición: es importante tener en cuenta que no se trata de usar una metodología e-learning para la que algunos/as docentes, centros y muchos/as alumnos/as pueden no estar preparados/as (no olvidemos que la impartición de acciones formativas conducentes a la obtención de Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación debe cumplir requisitos específicos que no se pueden soslayar). Se trata de facilitar herramientas para reproducir, en la medida de lo posible, la docencia presencial con herramientas tecnológicas de uso común, por un periodo concreto y de forma excepcional. (V. entrada sobre herramientas para la Formación Profesional para el Empleo en modalidad no presencial)
- Aspectos organizativos: los centros colaboradores deberán ser capaces de poner en marcha los medios tecnológicos necesarios para la metodología docente seleccionada, sin dejar de cumplir las restricciones en materia de movilidad impuestas por la situación de Estado de Alarma. Para ello sería necesario presentar al Servicio Público de Empleo la planificación y relación de docentes y recursos disponibles, y recibir la autorización previa necesaria. Asimismo, el centro deberá asegurarse de que el alumnado está en condiciones de seguir con aprovechamiento la metodología de aprendizaje seleccionada.
- Capacidad docente: aunque esta propuesta no pretende llevar a cabo una formación en modalidad e-learning propiamente dicha, sí será necesario que el personal docente implicado disponga de unas mínimas competencias digitales para llevarla a cabo. Deberá ser el centro colaborador quien asegure dicha capacidad, no pudiendo solicitar la reanudación anticipada de aquellos módulos formativos para los que el docente acreditado no cuente con las competencias necesarias.
- Herramientas: un aspecto fundamental a la hora de la selección de herramientas es que, en las circunstancias actuales, su idoneidad tecnopedagógica debe pasar a segundo plano en favor de criterios tales como:
- facilidad de uso para docentes y alumnado.
- accesibilidad económica, es decir, deben ser herramientas sin coste o cuyo coste no deba ser asumido nunca por el alumnado. En el coste no se incluye solo la herramienta, sino que debe tenerse en cuenta la capacidad de conexión a internet que no es necesariamente gratuita.
- uso en dispositivos móviles, ya que no necesariamente todo el alumnado puede disponer de ordenador personal. Ello limita en parte el tipo de actividades a realizar ya que los dispositivos móviles, entre otras cosas por su tamaño, tienen una funcionalidad limitada en el uso de archivos de gran tamaño.
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